viernes, 7 de octubre de 2011

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Este tipo de contratos tienen como característica principal el establecer una jornada que en promedio sea menor al 50% de la jornada máxima legal, es decir menor a 4 horas diarias.


¿Cuales son las ventajas que nos representa este contrato?

Las ventajas que representa son las siguientes:


Remuneración Mínima Vital (RMV).- Los trabajadores que hayan suscrito contratos a tiempo parcial pueden percibir una remuneración inferior a la RMV, ya que esta se impone como piso legal a aquellos trabajadores que cumplen con una jornada de cuatro o más horas diarias.


Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).- De acuerdo a la normatividad vigente estos trabajadores no tiene derecho a percibir CTS, esto en virtud de mandato expreso de la ley.

Vacaciones.- Para el caso de este beneficio social, si bien la legislación nacional los excluye del goce del descanso físico, el Convenio 52 de la OIT no fija número mínimo de horas, por lo que debe otorgar por lo menos 7 días consecutivos de descanso remunerado por año de trabajado.



Estabilidad Laboral.- Los trabajadores sujetos a este tipo de contratos (con una jornada menor a 4 horas diarias), no tendrán protección frente al despido arbitrario.


Finalmente, debemos señalar que estos contratos podrán ser suscritos a plazo fijo o a plazo indeterminado y son eminentemente formales, es decir, deben constar por escrito y suscribirse por duplicado y deberán ser presentados vía web al Ministero de Trabajo y Promoción del Empleo.